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INFORMES DE EMPALME

El informe de empalme define el proceso que surtió por el mandatario, y/o representante legal de una entidad saliente, en el que hace entrega al entrante de la administración de la entidad territorial o entidad pública. Es en este momento cuando la administración saliente informa de todas aquellas acciones ejecutadas durante su mandato.

 

Mediante la Instrucción Administrativo No. 03 del 3 de junio de 2021 la Superintendencia de Notariado y Registro, creó el procedimiento de empalme de entrega de expedientes en trámite de que trata el Decreto 1077 de 2015 ARTÍCULO 2.2.6.6.5.5, entre Curadores Urbanos salientes y entrantes.

 

En virtud de dicha instrucción, es pertinente indicar, que las funciones públicas de Curador(a) Urbano No. 2 de Yumbo las comencé a ejercer desde el 2 de mayo de 2022, siendo la primera designación de Curador Urbano, que se realiza en el Municipio, por lo cual no se efectuó proceso de empalme.

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